La revisión del CTE

El CTE es criticable a partir de una suma de defectos puntuales, incoherencias, excesos descriptivos, falta de transversalidad y muchos otros. Sin embargo sería difícil reconstruir un CTE deseable a partir de la corrección puntual de ese largo listado que sin duda se formará por acumulación de los informes solicitados por el CSCAE.

Esta nota intentará establecer algunos de los criterios generales que podrían guiar una posible revisión a partir de los problemas generales y, sobre todo, de los que afectan a los arquitectos.

El inconveniente más grave desde ese punto de vista es la dificultad de incorporar las exigencias del CTE al proceso de toma de decisiones del proyecto. Los mecanismos normativos están pensados por técnicos especializados en materias muy concretas y lógicamente tienen unos niveles de rigor y exigencia elevados. Pero imaginan la aplicación de esa normativa con criterios de comprobación, no de creación proyectual. Buscando ese rigor en la comprobación se alejan cada vez más del proceso de proyecto. Un ejemplo nos lo brinda la acústica. La nueva normativa considera necesario tener en cuenta la transmisión por flancos como factor significativo en la transmisión y para comprobar el cumplimiento establece un complejísimo sistema de cálculo. Pero cuando se evidencian las dificultades de aplicación se hace necesario introducir un método simplificado para que el proyectista pueda trabajar. Ese método simplificado vuelve a introducir el cálculo segmentado apoyándose en un solo paramento al que se le mayora la exigencia teniendo en cuenta la transmisión por flancos. Esa mayoración debe establecerse en laboratorio y para un sinnúmero de combinaciones de paramentos principales y flancos. Como los presupuestos son limitados ese sinnúmero se reduce a los más habituales dejando un sistema incompleto y confuso. Al final es evidentemente preferible una pequeña lista de recomendaciones de proyecto cuyo cumplimiento prácticamente garantiza el cumplimiento del CTE y luego en todo caso unas comprobaciones en algunos casos. Claro que todo ello no será posible si la administración quiere garantizar un nivel de ruido a los usuarios. Pero la administración no podrá garantizar ese nivel si el ruido exterior, o el del vecino, sobrepasan los previstos. Para todo ello se toman márgenes de seguridad, aproximaciones tentativas… ¿para eso tanto rigor en el planteamiento?

Otros problemas para el proyectista se derivan de la opacidad de los instrumentos de cálculo. La normativa de ahorro de energía es un ejemplo. Los algoritmos del “callener” son ignotos. Nuevamente se trata de un sistema de comprobación, tosco y opaco, que solo responde al teórico rigor de su creador. ¿Cómo puede la normativa depender de los resultados de un sistema de cálculo cuyas tripas no conocemos?¿Cómo puede utilizarse en el proyecto una herramienta informática cuyo repertorio de formas previstas es tan limitado? La falta de proximidad a la compleja realidad se evidencia en su dificultad para incorporar la intervención humana. Pero ¿es posible conseguir el ahorro energético sin contar con la actitud de las personas? La normativa no prevé que haya unas contraventanas que se puedan cerrar por la noche ni considera a los usuarios capaces  de abrir y cerrar las persianas según la aportación solar y lumínica en cada momento. Eso sí, afina a los decimales de las exigencias en función de la altura sobre el nivel del mar del edificio en cuestión.

Por fin el CTE, como tantas veces se ha dicho, es confuso en cuanto a la distinción entre exigencias prestacionales y soluciones descriptivas. No es cierto que la parte uno establezca claramente las primeras y que en los DB se desarrollen esas exigencias con algún ejemplo concreto. La confusión es enorme y se dan casos como la normativa de salubridad en la que no hay exigencias prestacionales y se pasa directamente  a decir que combinaciones de capas protectoras garantizan la estanqueidad en las diversas zonas. Con ello se impide la aparición de cualquier solución innovadora puesto que no está considerada en las combinaciones descritas. El proyectista, en la búsqueda de la seguridad, convierte los listados o las soluciones ejemplares en partes cerradas de la norma.

Las tres carencias descritas se resumen en una: la falta de proximidad de la norma a la realidad del proceso de proyecto y construcción, a las exigencias ciertas del sector y sobre todo al parque edificado. EL CTE despacha la rehabilitación con un frase de la parte primera que solo conduce a las eternas discusiones entre proyectistas y controladores de la norma y abre paso a la inseguridad jurídica en el único  subsector en el que quizás haya algunas posibilidades laborales para el arquitecto y para la empresa. Esa frase que desde hace años solicito al Ministerio que aclare y nunca lo ha hecho por escrito exige algún tipo de revisión que también, en este campo acerque el código a la realidad.

Igualmente, el CTE se aplicará a las obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que se realicen en edificios existentes, siempre y cuando dichas obras sean compatibles con la naturaleza de la intervención y, en su caso, con el grado de protección que puedan tener los edificios afectados. La posible incompatibilidad de aplicación deberá justificarse en el proyecto y, en su caso, compensarse con medidas alternativas que sean técnica y económicamente viables.”

Las normas pueden y deben ser infinitamente más sencillas de aplicar en el proyecto. El arquitecto no es especialista en ninguna de esas áreas y en los proyectos sencillos no puede realizar complejas comprobaciones para luego tener que retroceder a las primeras fases de proyecto. El arquitecto necesita instrucciones y criterios proyectuales claros y breves. Instrucciones y criterios que luego se pueden complicar todo lo que sea necesario cuando el posterior desarrollo del proyecto por la complejidad o volumen del edificio así lo exija.

Desde este punto de vista el criterio central para una nueva redacción del CTE debería insistir en que los objetivos de cada componente normativo deben poder introducirse en el proceso de toma de decisiones proyectuales en forma de criterios sencillos o tablas de fácil aplicación y todo ello dentro de procesos que puedan incorporarse a las intuiciones que cocinan un proyecto. Si esta aproximación obliga a reducir en cierta manera el rigor cuantitativo de la norma deben tomarse los coeficientes de seguridad necesarios para hacer posible esa proximidad. Después, en fase de proyecto ejecutivo y cuando el caso lo merezca podrá afinarse la cuantificación para optimizar la eficacia y quizás reducir el coste.

En ningún caso la facilidad de cuantificación puede primar sobre otros objetivos de la norma. Así por ejemplo la contribución del usuario al ahorro energético gracias a la manipulación de persianas y contraventanas debe encontrar reflejo en la norma. Si no es así en pocos años desaparecerán las primeras tal como han hecho las segundas.

La labor realizada es ingente y la experiencia de algunos técnicos del Ministerio sobre los problemas de aplicación del CTE es ya muy amplia. Una revisión radical a partir de esa labor y de esas personas seria relativamente fácil. Solo es necesaria la voluntad política.

La junta directiva de AxA

Ignacio Paricio, Ramón Sanabria, Pere Joan Ravetllat, Eduard Gascón y Josep Maria Gutiérrez.